16.1. La Junta Directiva convocará elecciones a Presidente dentro de los DIEZ días siguientes a aquél en el que se aprobaron estos Estatutos. La fecha de celebración de los Comicios estará comprendida entre los 30 y 60 días desde aquel en el que se convocan las elecciones.

16.2. La totalidad de los componentes de la Junta Directiva elegida por los anteriores Estatutos, cesarán en sus funciones el mismo día en que tome posesión la nueva Junta Directiva.

16.3. Una vez aprobados estos Estatutos, y para la elección de los primeros Representantes de la Asamblea, se convoca Asamblea General Extraordinaria. En lo sucesivo, se eligen conforme a lo establecido en el Artº 5.7. y siguientes.

16.4. Las hijas de socios mayores de 23 años, clasificadas en los anteriores Estatutos como Beneficiarias y con cuota de Aspirante, pasarán en un plazo máximo de cinco años al mismo sistema empleado para los hijos varones de los socios, cuyas condiciones están establecidas en el Artº 4.1.2.1.3.

Las cuotas para las citadas Hijas de Socio tendrán un incremento porcentual anual hasta su total equiparación con las de los hijos varones de los socios.